ANTECEDENTES

DGETA:

En diciembre de 1970 se fundó la Dirección General de Educación Tecnológica Agropecuaria (DGETA), dentro de la estructura organizativa de la SEP. En un principio se ofrecía capacitación para el trabajo agropecuario, secundaria tecnológica agropecuaria, bachillerato tecnológico agropecuario y forestal, formación de profesores de capacitación para el trabajo agropecuario (que desempeñaban sus labores en las escuelas secundarias), y educación superior agropecuaria y forestal.

En 1978, las escuelas secundarias tecnológicas agropecuarias son separadas de la DGETA, al crearse una sola institución responsable de ese nivel educativo. Ese mismo año, se transfirieron a la DGETA las Brigadas de Educación Tecnológica Agropecuaria, con lo que se incorporaron la educación no formal y la capacitación, como servicios sustantivos que ofrece esta Dirección General.

Durante las recientes décadas se desarrolló y fortaleció la educación media superior, superior y de posgrado, mediante la actualización permanente de planes y programas así como la diversificación de carreras ofrecidas; se amplió y consolidó la investigación y el desarrollo tecnológico como actividades de carácter sustantivo, y la educación se orientó al modelo basado en normas de competencia laboral.

En años recientes, la educación superior tecnológica se concentró en una nueva dependencia, por lo que la DGETA ofrece actualmente educación media superior, concentrando esfuerzos para adecuarla al modelo de educación basada en competencias dentro del contexto de políticas de calidad, operando a partir del año 2003 una Reforma Curricular y a partir del 2006 dentro de la Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS) que ha incorporado una educación con competencias genéricas, disciplinares y profesionales.

La Dirección General de Educación Tecnológica Agropecuaria es un sistema integral de servicios educativos para el campo que contribuye, tanto al desarrollo económico y social de las regiones, mediante la formación de técnicos y profesionales en diferentes disciplinas agropecuarias, como a brindar atención a la población rural en diferentes demandas de capacitación y asistencia técnica.
  
DGECYTM:

La Dirección General de Educación en Ciencia y Tecnología del Mar (DGECyTM) es una institución mexicana dependiente de la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), que a su vez se encuentra bajo el marco normativo de la Secretaría de Educación Pública (SEP), que ofrece educación en áreas marítimo pesqueras y de acuacultura en el nivel educativo medio superior.

La DGECyTM a través de sus 90 planteles y extensiones ( CetMar,  CETAC, 34 extensiones y un Centro Multimodal) estratégicamente distribuidos en todo el territorio nacional, en las áreas de Pesca, Acuacultura, Alimentos, Naval, Laboratorista Ambiental, Recreaciones Acuáticas, Marítimo-Portuario, Recursos Humanos, Refrigeración, Electrónica y Sistemas de Información Geográfica. Adicionalmente, se ofrecen actividades extraescolares deportivas y socioculturales que enriquecen la formación y desarrollo de los estudiantes, además de propiciar encuentros entre alumnos y docentes, que permiten intercambio de experiencias en áreas de Acuacultura, Tecnología de Alimentos, Ordenamiento Costero, Pesquerías y recursos, y Medio Ambiente.

D.O.F. 16 de Enero de 2018:

El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 89 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tuvo a bien expedir el día de hoy a través de Diario Oficial de la federal, un DECRETO que reforma entre otros, el artículo 24 del Reglamento Interior de la Secretaria de Educación Pública y deroga el numeral 25 del mismo ordenamiento legal invocado, para quedar como sigue:

Al frente de la Secretaria de Educación Pública estará el Secretario del Despacho, quien para el desahogo de los asuntos de su competencia se auxiliará de las unidades administrativas y órganos desconcentrados siguientes:

ARTICULO 24.- Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Agropecuaria y Ciencias del Mar.

En mérito de lo anterior, se hace de su conocimiento del Decreto mencionado, para los fines a que haya lugar, mismo que entrará en vigor el día 17 del mes y año en curso, y es de observancia obligatoria su cumplimiento, atentos a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia.  

Con el bachillerato tecnológico bivalente, la UEMSTA y CM promueve en los alumnos el desarrollo de habilidades, destrezas y competencias que permiten al término de sus estudios, su incorporación a la educación superior o bien al mercado laboral. Este esquema educativo contempla la formación de técnicos innovadores, competitivos, críticos y conscientes de su medio ambiente laboral y social, comprometidos con el sector educativo, social, agropecuario, acuícola y marítimo-pesquero.